Es valido un contrato enviado por whatsapp

¿Pueden utilizarse los mensajes de texto en los tribunales para reclamar dinero?

El Derecho Laboral no ha sido el único afectado por toda esta realidad, sino que esta adaptación se ha visto reflejada en muchas más ramas del Derecho, como por ejemplo en el Derecho Administrativo y en la nueva Ley 39/2015 que incluye un apartado denominado “medios electrónicos”.

Refiriéndonos al tema que nos ocupa, la dimisión de un puesto de trabajo,el Estatuto de los Trabajadores dice en su artículo 49.1.d) que el contrato de trabajo puede extinguirse por la dimisión de un trabajador, teniendo en cuenta el preaviso señalado por los convenios colectivos o la costumbre.

En concreto, un magistrado del TSJ de Madrid señala que el desistimiento voluntario puede manifestarse de forma expresa o tácita y no es necesario que se haga formalmente, basta con que el trabajador exprese la voluntad de extinguir el contrato de forma indiscutible; es decir, una manifestación de la voluntad del trabajador concreta, firme y terminante.

Las conversaciones a través de medios electrónicos son similares a la comunicación verbal, pero con un gran inconveniente que surge como consecuencia de la fácil manipulación de dichos medios, por lo que en estos casos será necesario aportar un conjunto de pruebas que respalden estas afirmaciones de forma más sólida.

¿Es un mensaje de whatsapp legalmente vinculante?

“Encontré una fotógrafa en internet que podía hacer las fotos de nuestra boda. Empezamos a comunicarnos por WhatsApp y ella me confirmó que estaba disponible y me dio sus precios, que yo confirmé que eran razonables. Nunca le dije que la utilizaría y finalmente encontré a otra persona. Cuando le informé de que no la utilizaría, se limitó a responder que teníamos un acuerdo y que me reclamaría sus honorarios si no cumplía nuestro acuerdo. Seguramente, el simple hecho de hablar por WhatsApp no puede crear un contrato”.

Si se cumplen estos requisitos, se creará un contrato válido. Si a continuación valoramos tus comunicaciones con el fotógrafo, sí parece, por lo que has dicho, que no existía la intención necesaria de celebrar un contrato, y que te limitabas a obtener información. Sin embargo, si el fotógrafo sigue insistiendo en que se formó un contrato, puede valer la pena dirigirse a su abogado para que le ayude a aclarar la posición con el fotógrafo.

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Contacto whatsapp

La validez de estos acuerdos electrónicos se refuerza con el artículo 10A de la Ley de Tecnología de la Información de 2000 (“IT Act”) y el artículo 85A de la Ley de Pruebas de la India de 1872. La Ley de Tecnología de la Información no exige que se ejecute una copia física del acuerdo, a menos que tal término sea una disposición obligatoria del acuerdo para que éste alcance su validez.    Sin embargo, existen ciertas advertencias sobre la validez de las transacciones y los documentos relativos a las materias que figuran en el Primer Anexo[2] de la Ley de TI.

Más recientemente, en el caso Ambalal Sarabhai Enterprise Limited contra KS Infraspace LLP Limited[4], el Tribunal Supremo examinó la validez de los acuerdos celebrados por las partes utilizando una combinación de comunicaciones por correo electrónico y WhatsApp. La inferencia clave que se extrajo fue la naturaleza y el lenguaje de las correspondencias, que no equivalían directamente a una afirmación, y por lo tanto el acuerdo era inválido. El medio de comunicación no era una preocupación, sin embargo, el Tribunal declaró que, “los mensajes de WhatsApp, que son comunicaciones verbales virtuales, son cuestiones de prueba con respecto a su significado y su contenido (son) para ser probados durante el juicio por la prueba en jefe y el examen cruzado”… “Los correos electrónicos y los mensajes de WhatsApp tendrán que ser leídos y entendidos acumulativamente para descifrar si hubo un contrato celebrado o no. El uso de la palabra ‘borrador final’ en el correo electrónico… no puede ser determinante (de oferta o aceptación) por sí mismo”.

Texto del contrato

Según un informe de Times of India, un tribunal compuesto por el presidente del Tribunal Supremo, N V Ramana, y los jueces A S Bopanna y Hrishikesh Roy, dijo: “¿Qué valor probatorio tienen los mensajes de WhatsApp hoy en día? Hoy en día se puede crear y borrar cualquier cosa en las redes sociales. No damos ningún valor a los mensajes de WhatsApp”.

En nombre de WhatsApp, el abogado Harish Salve dijo: “El Gobierno ha pedido que se elimine la política. Hemos dicho que no la aplicaremos hasta que salga el proyecto de ley de protección de datos. Eso es algo abierto porque no sabemos cuándo saldrá el proyecto de ley… Hemos dicho que no lo haremos durante un tiempo. Supongamos que el proyecto de ley me permite hacerlo, tendremos ramificaciones completamente diferentes”.

Además, WhatsApp emitió un comunicado después de la audiencia, diciendo: “No vamos a limitar la funcionalidad de cómo funciona WhatsApp en las próximas semanas. En su lugar, seguiremos recordando a los usuarios de vez en cuando la actualización… mantendremos este enfoque hasta que, al menos, entre en vigor la próxima ley del PPD”.